Datos personales

Horario: Lunes a Viernes de 07:00hs a 21:00hs - Sábado de 09:00hs a 13:00hs

3 de marzo de 2012

BOLETO EDUCATIVO GRATUITO EN SOLO 4 PASOS


UNA NUEVA POLÍTICA DE ESTADO
El Boleto Educativo Gratuito tiene como objetivo garantizar la llegada estudiantes, docentes y personal de apoyo de los establecimientos educativos de toda la provincia, eliminando así una potencial barrera de acceso al conocimiento. Se trata de una nueva política de Estado orientada a reafirmar el compromiso de los cordobeses con la educación para asegurar inclusión, futuro y progreso. Así, en la Provincia de Córdoba, todo aquel que estudie o eduque, tendrá desde 2012 como socio y mentor al estado provincial. Cumpliendo con el compromiso asumido, el gobernador José Manuel , entre las primeras medidas de su gobierno, firmó el decreto de creación del Régimen del Boleto Educativo Gratuito. Como definió De la Sota en su discurso de asunción, “multiplicar progreso por educación es el desafío más importante que enfrenta la Provincia. Ya aprendimos que el futuro empieza en las aulas; ahí queremos a nuestros hijos”.
¿QUIÉNES SERÁN LOS BENEFICIARIOS?
Serán beneficiarios del Régimen de Transporte Educativo Gratuito todos los estudiantes regulares, docentes con tareas frente al aula y personal de apoyo que preste servicios en los establecimientos, pertenecientes a las instituciones educativas públicas de gestión estatal y de gestión privada con aporte estatal que integran el sistema educativo público en la provincia, en los niveles inicial, primario, secundario y superior; y los estudiantes de las universidades públicas radicadas en la provincia. En aquellas comunas y parajes donde no haya transporte público el gobierno instrumentará los mecanismos pertinentes para garantizar que los beneficiarios concurran a sus lugares de estudio y trabajo sin poner la mano en el bolsillo.
¿DESDE CUÁNDO REGIRÁ?
El nuevo régimen de Boleto Educativo Gratuito entrará en vigencia a partir del ciclo lectivo 2012 en toda la provincia de Córdoba.
¿CÓMO GESTIONAR EL BENEFICIO?
Los interesados en acceder al Boleto Educativo Gratuito deberán completar la solicitud.
En dicha página web deberán seguir las instrucciones de esta guía para completar el formulario. Una vez completo, dicho formulario debe ser impreso. Con el formulario impreso, cada beneficiario deberá gestionar en su establecimiento educativo la certificación de escolaridad o trabajo. Para dicha certificación el formulario prevé un espacio en blanco. Si el domicilio real del beneficiario coincide con el del documento se debe adjuntar fotocopia del mismo al formulario para ser entregado al momento de hacer el trámite. Si el domicilio es distinto deberá gestionar certificado de domicilio ante la autoridad correspondiente.
¿CÓMO SE MANTIENE EL BENEFICIO?
Los beneficiarios deberán renovar su abono mensualmente. Para ello tendrán que certificar su condición de alumno regular o trabajador. En esa instancia en la misma página web donde solicitaron el beneficio reimprimirán el formulario. Se accederá al mismo a través del número de documento o código personal que el beneficiario recibió vía e-mail cuando lo completó por primera vez. Toda la información incluida en el formulario inicial y en renovaciones sucesivas tendrá carácter de declaración jurada.
¿QUÉ PASA SI NO TENGO INTERNET?
Excepcionalmente para los habitantes de comunas o parajes alejados sin acceso a la red, el trámite se podrá completar en la empresa de transporte o en la oficina comunal.
¿CÓMO ME INFORMO?
Para acceder a información general sobre el régimen podrá consultar por teléfono, sin cargo, llamando al 0800 888 1234 de lunes a viernes de 8 a 18, Call Center del Boleto Educativo Gratuito.
¿QUÉ EMPRESAS INCLUYE Y QUÉ SERVICIOS CONTEMPLA?
El Régimen de Boleto Educativo Gratuito en el servicio público provincial de transporte automotor de pasajeros rige para servicios urbanos, suburbanos e interurbanos de jurisdicción provincial. Las empresas de transporte interurbano público provincial darán cumplimiento al régimen de Boleto Educativo Gratuito en la modalidad “Servicio Regular”, “categoría Común” definido en el inciso A del Artículo 9 de la Ley N° 8669, cualquiera sea la distancia del recorrido.
¿SE PUEDEN UTILIZAR EMPRESAS NACIONALES?
Sólo podrán utilizarse los servicios de las empresas provinciales y/o municipales que cubran recorridos dentro de la provincia.
¿SE PUEDE OPTAR POR LOS SERVICIOS DIFERENCIALES?
Los beneficiarios que quieran acceder al “Servicio Regular” categoría “Diferencial”, podrán optar por abonar la diferencia entre el costo del boleto correspondiente al “Servicio Regular, categoría Común y el Diferencial”. Esto significa que el Estado sólo pagará el servicio común en todos los casos y quienes opten por el diferencial tendrán que abonar la diferencia.
¿DÓNDE SE GESTIONARÁ EL ABONO?
Completados los requisitos que el formulario de la página web exige, los interesados deberán hacer la gestión del abono en la empresa prestadora del servicio a la que concurrirán con la documentación completa.
¿CUÁNTOS BOLETOS PAGARÁ EL ESTADO?
La cantidad de pasajes dependerá de cada caso puntual pero se asegurará el número necesario para cumplir con la asistencia a todas las obligaciones del alumno, docente o personal de apoyo, incluidos los contra turnos. La cantidad de pasajes dependerá de las necesidades acreditadas en la declaración jurada.
¿QUÉ PASA SI NECESITO MÁS DE UNA LÍNEA DE OMNIBUS?
Para el caso de los beneficiarios que requieran más de una línea de transporte, sean urbanos o interurbanos o una combinación de ambos, deberán gestionar el o los abonos en cada una de las empresas prestadoras previo haber acreditado en la solicitud la necesidad correspondiente. Deberá completar tantas solicitudes como líneas de ómnibus requiera para movilizarse. Ejemplo 1: un beneficiario que use dos líneas urbanas para llegar a su establecimiento tendrá que completar dos solicitudes y gestionar dos abonos en caso de corresponder a diferentes empresas prestadoras. Ejemplo 2: un beneficiario que use dos líneas para llegar a su establecimiento, una urbana y otra interurbana, tendrá que completar dos solicitudes y gestionar dos abonos.
¿QUÉ PASA SI VIVO A 10 CUADRAS O MENOS?
Quien vive a 10 cuadras o menos del establecimiento educativo no podrá adherir al sistema. Lo mismo sucederá con quienes pretendan utilizar combinación de líneas, urbanas o interurbanas. Ejemplo 1: Un beneficiario que utiliza una línea interurbana no podrá combinar con una urbana cuando la distancia entre la parada de la primera no supere las 10 cuadras del establecimiento al que concurre. Esto quiere decir que quienes residan a una distancia inferior a la del límite del establecimiento educativo (10 cuadras) o que las terminales o paradas se encuentren a una distancia inferior a la indicada no podrán adherir al beneficio.
¿QUÉ PASA SI VIVO A 100 KM. O MÁS?
Para los beneficiarios que viven a 100 km. o más de su lugar de estudio o trabajo el sistema prevé un pasaje de ida y vuelta por semana en el sistema interurbano. A eso podría agregarse el tramo urbano si el beneficiario reside a más de 10 cuadras del establecimiento educativo, pudiendo acceder además al mismo beneficio en el transporte urbano de la ciudad de la que es oriundo.
¿QUÉ PASA SI VIVO A 100 KM. O MENOS?
Para quienes residan a 100 km. o menos de su lugar de estudio o trabajo existirá la opción del beneficio para pasajes diarios. A eso podría agregarse el tramo urbano si el beneficiario tuviera su lugar de estudio o trabajo a más de 10 cuadras de la parada del ómnibus interurbano con el que llega a la ciudad donde está ubicado el establecimiento educativo.
¿QUÉ PASA CON LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD?
Se mantiene el régimen gratuito vigente y las condiciones actuales de acceso al beneficio.
CUALQUIER OTRA DUDA PUEDE COMUNICARSE AL 0800 888 1234